U.G.T. en rueda de Prensa
Manifestación el el interior del Ayuntamiento
Transcurso manifestación Avenida Blas Infante
U.G.T. en rueda de Prensa
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Transcurso manifestación Avenida Blas Infante


El camino hasta la aprobación de un Convenio Colectivo parece fácil, pero nada más lejos de la realidad.

LA JUNTA DE PERSONAL Y COMITÉ DE EMPRESA
I N F OR M A N
Tras las reuniones mantenidas conducentes a la negociación del Convenio Colectivo que ha de regir nuestras condiciones de trabajo en los próximos años, se ha alcanzado el acuerdo que a continuación se detalla, que deberá someterse a su aprobación en la Asamblea General de Trabajadores, que se celebrará el próximo día 27 de Mayo, a las 13,00 horas en el Salón de Actos de la O.N.C.E.
ARTÍCULOS DE NUEVA CREACIÓN O MODIFICADOS CON RESPECTO AL ANTERIOR CONVENIO
ÁMBITO TEMPORAL
Del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2011
JORNADA Y HORARIO LABORAL
- Razones de guarda legal para el cuidado de un menor de doce años o persona mayor que requiera especial dedicación o persona con discapacidad (con deducción proporcional de retribuciones).
- Para el cuidado de familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos (con deducción proporcional de retribuciones).
- Para el cuidado de familiares de primer grado por consanguinidad por enfermedad muy grave, reducción de hasta el 50% de la jornada máximo un mes (retribuido 100%).
- Por violencia de género, reducción de jornada con deducción proporcional de las retribuciones o reordenación del tiempo de trabajo a través de horario flexible.
- Vacaciones: cuando éstas quieran disfrutarse en 22 días hábiles de forma salteada habrá de hacerse en períodos mínimos de 5 días a disfrutar en tres meses o más.
- Asuntos propios. Los seis días que antes se negociaban para Semana Santa y Navidad, ahora pasaran a disfrutarse cuando el empleado lo estime oportuno dentro de año natural y como máximo hasta el 15 de enero del año siguiente.
PERMISOS Y LICENCIAS RETRIBUIDAS
- Por gestación, alumbramiento y lactancia, se amplia la licencia por maternidad a veinte semanas. En el caso de nacimientos de hijos que a continuación del parto deban permanecer hospitalizados, los empleados tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas percibiendo sus retribuciones íntegras. También posibilidad de reducción de jornada con deducción proporcional de sus haberes.
Derecho de una pausa de una hora para lactancia de su hijo menor de 12 meses, con posibilidad de acumularse a cambio de un mes de licencia.
Podrán acumularse los permisos de paternidad/maternidad/lactancia con las vacaciones aún habiendo expirado el año natural.
- Licencia por enfermedad grave o fallecimiento de pariente
Hasta tres días laborables por motivo de una intervención quirúrgica o enfermedad grave que comporte el internamiento hospitalario de padres, padres políticos, abuelos, hijos, nietos y hermanos. Estos días podrán solicitarse durante todo el período que se mantenga el internamiento hospitalario. En el caso de que la intervención quirúrgica o enfermedad grave no comporte internamiento hospitalario se concederá el día del hecho causante.
Hasta cinco Días laborables por motivo de una intervención quirúrgica o enfermedad grave que comporte el internamiento hospitalario del cónyuge. Estos días podrán solicitarse durante todo el período que se mantenga el internamiento hospitalario, si bien como mínimo se concederán dos días entre los que se encontrará el día del hecho causante.
- Licencia por paternidad: 15 días incrementados en tres días laborables a disfrutar desde la fecha del nacimiento.
- Licencia por adopción o acogimiento. Veinte semanas.
- Licencias de carácter religioso: Se extienden a sus análogas de las distintas Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas inscritas en el correspondiente Registro Público en el Ministerio de Justicia.
- Licencias por cumplimiento de deberes de carácter público y personal. Se actualizan los motivos por los que pueden solicitarse este tipo de licencias.
- Licencia para acudir a consultas, tratamientos y exploraciones de tipo médico. Se incluyen a las empleadas que necesiten someterse a técnicas de fecundación asistida.
LICENCIAS POR ENFERMEDAD, ACCIDENTE Y OTROS SUPUESTOS
- En el caso de enfermedad o accidente no laboral, los pluses de peligrosidad, penosidad, nocturnidad así como los que pudieran corresponder al régimen de turnos que en la actualidad se detraen de la nómina a partir del onceavo día de la baja, se perderían a partir del catorceavo día.
- Los pluses de de libre disponibilidad, prolongación de jornada, especial dedicación u análogos dejarán de percibirse a partir del tercer mes de baja.
JUBILACIONES
- En el caso de jubilaciones anticipadas se exige un período mínimo de servicios en este Ayuntamiento de 25 años.
- En el caso de jubilaciones por invalidez se exige un período mínimo de servicios en este Ayuntamiento de 20 años.
COMPENSACIÓN POR ANTIGÜEDAD
- Se incentivan a los trabajadores que presten sus servicios en este Ayuntamiento durantes 15, 30 y 40 años, a razón de 1200 euros para los años 2008 y 2009 y la cantidad de 1350 euros para los años 2010 y 2011.
- A la jubilación del trabajador se aumenta el importe de la indemnización económica en media paga de más para aquellos trabajadores con 30 y 40 años de servicio.
AYUDA DE ESTUDIOS
- Para el curso 2008 y 2009 se incrementan las cantidades, dependiendo las etapas, en un 5 y 10%.
- Para el resto de cursos académicos se incrementan en un 10 y 20%.
- Para acogerse a este derecho los hijos no podrán superar la edad de 28 años ni superar ingresos anuales superiores a 15.000 euros.
- Los empleados municipales sólo percibirán ayudas para la obtención de una sola titulación universitaria.
PÓLIZA DE SEGUROS
- Se aumentan las cantidades a abonar a los empleados municipales en los casos de Invalidez Permanente o muerte.
SUBVENCIONES PARA GAFAS
- Las ayudas destinadas a tal fin serán las mismas que en el convenio anterior, siendo las ayudas de carácter anual, pero dentro de su límite queda incluida la montura a razón de un máximo de 100 euros y por una sola vez cada dos ejercicios.
ASISTENCIA SANITARIA
- Se recoge la obligatoriedad de prestar un servicio de medicina privada.
PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL
- Se recogen cláusulas donde se manifiestan los compromisos de actuar de manera responsable y respetuosa con el medio ambiente.
IGUALDAD DE TRATO
- Cláusulas donde se recogen políticas de discriminación positiva con el objeto de conseguir la efectividad del principio Constitucional de Igualdad.
FORMACIÓN PROFESIONAL
- Se aumenta la cantidad que se destina en los Presupuestos a 24.040, 48 euros.
- En los cursos en los que el Ayuntamiento sea patrocinador único, los empleados pagarán sólo el 50% de los gastos de matrícula e inscripción.
TRASLADOS DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS ENTRE DELEGACIONES
- Los traslados habrán de motivarse y serán notificados al empleado y representantes legales con pié de recurso.
SUPLENCIA EN CASO DE AVANZADA EDAD
- Se comienza con una política de consolidación de retribuciones cuando se alcanza cierta edad, que por los motivos de las funciones a realizar se hace necesario la suplencia de los empleados.
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
- Se incluye el régimen disciplinario para general conocimiento de todos los empleados.
TRIENIO O ANTIGÜEDAD
- A partir de los 33 años de servicio en este Ayuntamiento se percibirán todos los trienios cumplidos en la cuantía establecida para el grupo de sueldo superior al de su categoría.
COMPLEMENTO ESPECÍFICO VARIABLE
- Se incluye en el plus de nocturnidad por importe de 20 euros mensuales a todos los empleados que por el régimen de turnos que tienen asignado, en horario de tarde tienen su salida a las 23,00 horas.
- Se regularizan en los cuatro años de vigencia del convenio los importes a asignar a los agentes de la Policía Local que prestan sus servicios en régimen de turnos 6x4 y 6x3-Motoristas.
- Se consigue incluir entre los pluses con revisión del IPC anual al Quebranto de Moneda.
HORAS EXTRAORDINARIAS
- La hora extraordinaria se abonará a razón de 20 euros/hora.
BOLSA DE VACACIONES
- Se aumenta a la cantidad de 300 euros.
MEJORA CONVENIO
El concepto mejora convenio (concepto que aumenta en el mismo porcentaje que disponga la Ley de Presupuestos Generales del Estado), se incrementará con la cantidad mensual que a continuación se detalla:
AÑO 2008 45 Euros mensuales
AÑO 2009 45 Euros mensuales
AÑO 2010 50 Euros mensuales
AÑO 2011 50 Euros mensuales
RETRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS
Durante el período de las mismas percibirán el sueldo o salario base, complemento de destino, complemento específico y mejora de convenio, así como las pagas extraordinarias establecidas en el Convenio. Además cuando realicen sus prácticas en el puesto de trabajo percibirán el complemento específico variable que les corresponda.



Hace escasos meses desde esta Sección Sindical, representada por el Secretario de la Sección Sindical de este Ayuntamiento y los Secretarios Comarcal y Provincial de la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores se entablaba conversaciones con Vd. para que mediara en la situación tan caótica que se atravesaba en el seno de la Policía Local, que llegó a denunciarse por este sindicato en los medios de comunicación como “el mayor atropello vivido en el seno de la Policía Local desde la instauración de la Democracia”.
Desde ese momento, y lejos de resolverse las diferencias surgidas y la de acercar posiciones, se vienen a dar situaciones que vienen agravando en mayor medida las relaciones para con este sindicato, de las que estamos convencidos que como Alcalde-Presidente es conocedor, pero no obstante pasamos a detallarle algunos de los innumerables casos que vienen provocar la crispación que en la actualidad venimos padeciendo:
- Por primera vez, y tras quince años participando, nuestra Ciudad no se verá representada en las competiciones deportivas policiales que se celebran en la Ciudad de Granada, y ello por el cambio de criterios que al respecto ha impuesto la Jefatura de la Policía Local. Sr. Alcalde ¿tan difícil es dejar las cosas como están cuando vienen funcionando bien desde hace tanto tiempo?. Desde este Sindicato no lo entendemos.
- Se viene incumpliendo continuamente la aplicación del Convenio Colectivo, vulnerando de esta forma los derechos sociales contraídos desde esa Alcaldía con los agentes de la Policía Local. ¿Es que no se reconoce que el convenio firmado por las partes es el instrumento fundamental y de obligado cumplimiento para que se haga realidad la paz social?.
- Desde la desconfianza a los agentes, e incluso entendiéndose desde esta parte, vulnerando la intimidad de los mismos, se procede a abrir los armeros de los mismos sin contar con la presencia de ellos.
- Se hace público en los tablones de anuncio los números de los agentes a los que se va a proceder la apertura de expediente disciplinario, sin valorarse si los motivos aducidos son objeto de ello y sin el previo trámite de audiencia de los interesados. Creemos que en otras épocas no democráticas se actuaba con más escrúpulos que en pleno siglo XXI.
- Persecución sindical, estableciéndose órdenes en cuanto a la utilización del crédito horario, reconocido constitucionalmente a los Delegados Sindicales, órdenes éstas claramente contrarias al ordenamiento jurídico y los acuerdos colectivos firmados en este Consistorio.
Pero lo más grave no es nada de lo relacionado con anterioridad. En estos días venimos asistiendo a una persecución y acoso continuo hacia los agentes de la Policía Local, con la utilización de malas artes policiales y con el anuncio continuado de la apertura de expedientes disciplinarios, dándose la circunstancias que los mismos son aplicados a agentes ejemplares con una trayectoria profesional intachable, argumentándose en fundamentos que desde este Sindicato calificamos de inaplicables y totalmente contrarios Ley.
Algunos de estos expedientes se argumentan en faltas de las que aún desconocemos su tipificación en norma o reglamento alguno, para lo que desde este Sindicato hemos solicitado, sin aún haber recibido respuesta alguna, se nos faciliten las normas en las que se encuentran recogidas, y otros expedientes se argumentan en faltas por incumplir çordenes escritas, que asimismo y desde este sindicato entendemos imprecisas e imposibles en su ejecución por no ponerse por parte de la Jefatura los medios oportunos para que se haga efectiva su aplicación.
Las situaciones anteriormente descritas y la demanda generalizada por parte de nuestros policías, es decir de trabajadores de esta Casa Consistorial, no nos deja otra salida que actuar con contundencia ante tales injusticias, por lo que desde la UGT, y si no se pone medio con la urgencia que se hace necesaria en temas de tal naturaleza y trascendencia, se actuará con los medios que la Ley y el Estado de Derecho pone a nuestro alcance, haciéndole saber que estas situaciones no hacen otra cosa que propiciar la omisión en sus funciones por parte de los agentes, teniendo unas repercusiones claramente negativas en la ciudadanía de Algeciras.










