Desde el año 2012 los empleados públicos hemos venido sufriendo distintos recortes en nuestros salarios y condiciones de trabajo.
Que por el Real Decreto 956/2018, de 27 de Julio se ha aprobado la plenitud retributiva para el Personal Funcionario, Estatutario o Laboral del Servicio de la Administración General del Estado que se encuentre en la situación legal de Incapacidad Temporal, garantizando durante esta situación la percepción del cien por cien de las retribuciones ordinarias correspondientes al mes de inicio de la Incapacidad Temporal.
Que el citado Real Decreto 956/2018 posibilita al resto de Administraciones la aplicación de las mismas medidas acordadas para el Personal del Estado.
Desde la Sección Sindical de U.G.T. hemos solicitado, por ser de Justicia, que todo el Personal que se encuentre o haya encontrado en situación legal de Incapacidad temporal desde el pasado día uno de Agosto, así como los que causen Baja por dicha situación a partir de esta fecha se le aplique la plenitud retributiva que garantice el cien por cien de las retribuciones ordinarias correspondientes al mes de inicio de la Incapacidad Temporal.