SECCIÓN SINDICAL UGT AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
Esta Sección Sindical se ve en la obligación de denunciar públicamente los anómalos y preocupantes episodios que vienen sucediendo en los últimos tiempos ocasionados por parte de la Oficina Andaluza Antifraude (OAAF).
Esta mencionada entidad OAAF, a través de varias actuaciones, que siendo generosos son cuanto menos absolutamente cuestionables y sorprendentes, pone en duda e intenta sembrar la sospecha sobre la profesionalidad e imparcialidad de los funcionarios de nuestro Ayuntamiento, además de crear graves perjuicios como la saturación administrativa que está provocando en nuestra Administración.
En primer lugar queremos rechazar rotundamente que se cuestione la buena praxis de ninguno de nuestros compañeros únicamente por el hecho de ser representante de UGT, es del todo inadmisible que se intente condicionar y/o suspender las actuaciones profesionales de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones y obligaciones laborales por un “inventivo conflicto de intereses”. Tal es así, que la OAAF ha solicitado a nuestra Secretaría General del Ayuntamiento que le facilite la identificación, con datos personales, de representantes y afiliados a nuestra Organización Sindical en nuestro Ayuntamiento para que así tener en consideración o no sus informes y actuaciones administrativas.
Desde aquí queremos poner en conocimiento de la OAAF que la Unión Sindical de Trabajadores en el Ayuntamiento de Algeciras tiene afiliados a 487 empleados públicos, lo que representa el 80 por ciento de la totalidad de empleadas y empleados (610), porcentaje de afiliación que viene manteniéndose desde hace más de tres décadas, además de obtener resultados en torno al 80% de los votos en todas y cada una de las elecciones que se han celebrado desde ya hace bastantes años, y a tenor de la consideración que hace en sus escritos esta OAAF, sobre afinidad sindical en virtud del artículo 2 de la Ley 2/2021, muy difícilmente se podrían emitir informes por parte de este Ayuntamiento sin “manifiesta afinidad por razones sindicales”.
Es del todo incomprensible que la OAAF, a partir de una denuncia anónima sin base ninguna, solicite que no se realicen actuaciones por parte de funcionarios públicos que están en la obligación de hacerlo, no solo por dar cumplimiento a la legislación competente sino por además así evitar consecuencias negativas para nuestra Administración.
Esta situación nos parece muy similar a la sufrida por otros Ayuntamientos como el de Martos donde también recibió una petición de la OAAF de un listado de trabajadores con sus afinidades políticas, situación que fue considerada como posible inconstitucionalidad ya que atentaba contra el principio de igualdad y no discriminación por razones ideológicas, la cual puede considerarse análoga a la que nos atañe sobre la de libertad sindical.
Asimismo, nos parece lamentable que habiendo procedimientos con resultado de archivo de la denuncia anónima que da lugar a las actuaciones, este archivo no vaya acompañado de las consecuencias derivadas por denuncia falsa o tergiversada, cuando podrían tratarse de un ilícito penal tipificado en el artículo 456 del Código Penal. No solo por los daños y perjuicios reputacionales y morales causados, ni por la cantidad de recursos y tiempo perdidos en esclarecer las malintencionadas falsedades y tergiversaciones, sino además por el que debería ser propósito de esta OAAF de evitar el fraude también en el sentido de quien intenta aprovecharse de este medio para dañar, calumniar y difamar infundadamente.
Resulta absolutamente injusto y temerario que bajo el anonimato y la falsa autoproclamación de víctima se puedan imputar graves falsas acusaciones en esta OAAF sin que estas constituyan infracción, quedando impunes a pesar los daños y perjuicios que generan en los acusados, convirtiéndose estos en las verdaderas víctimas. Esta permisibilidad de la OAAF ante estas situaciones pueden dan lugar a que otros denunciantes, desde el anonimato, realicen también falsas denuncias con más falsedades o tergiversaciones. Esta Sección Sindical se une a la solicitud, ya realizada por compañeros, al amparo de la legislación que lo regula, para que se identifique al falso o falsa denunciante para así emprender las acciones legales correspondientes.
También queremos manifestar nuestra preocupación por la forma de actuar de la OAAF, la cual para sus actuaciones realiza numerosas peticiones de informes y documentación a la Administración, las cuales provocan una ingente cantidad de horas de dedicación por parte de numeroso personal que ha de dejar de atender sus labores para procurar responderlas en tiempo y forma.
Esto dificulta y redunda negativamente en los servicios que presta el Ayuntamiento, es difícilmente cuantificable el impacto negativo pero no cabe duda que el perjuicio es notorio y evidente, aún más hiriente cuando desde un inicio es presumible la falta de credibilidad y fundamentación de la denuncia que lo origina, agravado además por la ausencia de reparación y de castigo a esa falsa denuncia.
Por todo lo que se ha descrito, nuestra Sección Sindical de la Unión General de Trabajadores en el Ayuntamiento de Algeciras presentó un escrito el pasado 27 de Junio de 2024 en relación a los procedimientos de denuncia a nuestros afiliados y representantes, entendiendo que por parte de la OAAF se viene acosando, persiguiendo y menoscabando derechos fundamentales de nuestros afiliados, que la Constitución Española y otras normas otorgan a todos los españoles en relación a la elección de su sindicación y elección como representantes de los trabajadores, solicitándose las siguientes actuaciones:
1) Solicitud a la Alcaldía - Presidencia del Ayuntamiento de Algeciras de protección y amparo ante los excesos de competencias de la OAAF en relación con los afiliados a la Unión General de Trabajadores.
2) Solicitud a las instancias superiores de la Unión General de Trabajadores que realice las acciones que estime oportunas ante la OAAF, en defensa de los afiliados que están siendo sometidos a denuncias falsas, y al conjunto de todos los afiliados que conforman la Sección Sindical de UGT, a los que se prejuzga en sus funciones como funcionarios por solo el hecho de ser afiliados a la UGT.
3) Instancia a la Alcaldía - Presidencia para que se de traslado a esta Sección Sindical, y a cuantos denunciados aparezcan en la documentación remitida en este Ayuntamiento por parte de OAAF, para que esta Sección Sindical pueda entablar las acciones judiciales que correspondan por vulneración de los derechos fundamentales recogidos en la Carta Magna, así como los establecidos en otras normas vigentes de aplicación.
Algeciras, a 13 de agosto de 2024 POR LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT
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