Las 10 claves de la reforma laboral del Gobierno de Rajoy
La ministra de Trabajo, Fátima Báñez, ha explicado
los detalles del Real Decreto Ley de la reforma laboral que ha aprobado el Gobierno en el Consejo de Ministros. Las principales claves del
texto son las siguientes:
1. Reducción del despido improcedente a 33 días y 24 mensualidades
El despido improcedente de los trabajadores fijos se reducirá de 45
días a 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades, según
ha explica la ministra de Trabajo.
Para los trabajadores que tengan en la actualidad un contrato que
estipule una indemnización de 45 días, la ministra ha matizado que "se
respetarán los derechos adquiridos de todos los trabajadores". Según se
desprende del comunicado del Ejecutivo, los trabajadores con
contratos de 45 días por año trabajado mantienen esta indemnización para
el tiempo transcurrido hasta la publicación en el BOE del decreto, pero
a partir de entonces, la indemnización que empiecen a acumular será de
33 días por año. No obstante, la indemnización máxima para
aquellos que tengan en la actualidad un contrato de 45 días por año
trabajado, conservarán el tope máximo en 42 mensualidades (no 24).
2. Despido por causas económicas sin necesidad de pérdidas: a 20 días por año
Es el punto más novedoso de la reforma, al facilitar el despido por
causas económicas. El Gobierno ha clarificado en esta reforma las
características para que las empresas puedan acogerse a despidos
objetivos por causas económicas (20 días por año trabajado).
Así, se entenderán por causas económicas cuando de los resultados de
la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas, entendiendo por 'persistente' si se produce durante tres trimestres consecutivos Bañez ha asegurado que para acogerse a este despido se requiere el visto bueno judicial.
3. Lucha contra el paro juvenil
La reforma
constata la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por
desempleo para aquellos jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35
años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.
También habrá un contrato para la formación y el aprendizaje, en el que se amplía la edad máxima de 30 años para acceder a este tipo de contratación hasta que la tasa de desempleo baje del 15%, entonces bajará hasta los 25 años.
Se fomentará la contratación indefinida de jóvenes y de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros.
4. Contrato para emprendedores y formación
Creación de un contrato indefinido para emprendedores, empresas de menos
de 50 trabajadores, que incluye una deducción de 3.000 euros para el
primer trabajador menor de 30 años, que esté en desempleo. Así, el
empleado podrá cobrar durante un tiempo un 25% de la prestación de la
prestación de paro y el empleador deducirse el 50% del coste para la
empresa.
En cuanto a la formación, la reforma incluye el derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa
(copia del modelo alemán) y abre una cuenta de formación que recogerá
la recibida por el trabajador a lo largo de su vida laboral.
5. Limitación de la indemnización de los directivos de la banca
La reforma también incluye una limitación a los directivos de banca. De este modo, el directivo que tenga que ser sancionado por su gestión en una entidad financiera no tendrá derecho a indemnización.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que se fijará un límite
de dos años cuando sí exista indemnización por cese de actividad o bien
no se podrá duplicar los topes aprobados la semana pasada en
el marco de la reforma financiera, que limitaba a 600.000 euros el
sueldo de la cúpula en las entidades que han recibido ayudas públicas y a
300.000 euros en las que han sido intervenidas por el Estado.
6. Limitación a 7 días de la indemnización de directivos de empresas públicas
Los directivos de empresas públicas que cesen y se reincorporen a su
puesto anterior en la Administración no tendrán indemnización por
despido. El resto de los directivos de empresas públicas que sean
cesados cobrarán una indemnización por despido de 7 días por año
trabajado con un límite de seis mensualidades.
7. Vuelve a prohibirse la encadenación de contratos temporales sin límite
El Gobierno ha restablecido la prohibición de encadenar los contratos
temporales a partir del 31 de diciembre de 2012. El Gobierno anterior,
había aprobado, de manera temporal y hasta el 1 de enero de 2013, que
esos encadenamientos pudieran superar esos 24 meses.
8. Adiós a la ultraactividad en los convenios y a los permisos para ERE
La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos
años, con lo que se pone límite a la denominada "ultraactividad" que
permitía el alargamiento prácticamente indefinido de los convenios.
También se introduce la prioridad de los convenios de empresa independientemente de lo que se pacte en convenios de nivel superior,
con la intención de facilitar la flexibilidad interna de las empresas
(se facilita la modificación de la jornada de trabajo, el horario, el
salario y sistema de rendimiento, entre otros) y evitar que el despido
sea el último recurso al que tenga que recurrir un empresario en caso de
circunstancias difíciles. Además, las empresas en dificultades también
podrán descolgarse (no aplicar el convenio pactado con las partes).
Además, en los casos de expedientes de regulación de empleo (ERE) se eliminará la autorización administrativa previa.
9. ETT
Otra de las medidas que incluirá la
reforma laboral es la colaboración que tendrán las agencias de trabajo
temporal con los servicios públicos de empleo en la colocación de
trabajadores ya que, según ha explicado Báñez, el INEM sólo colocaba un
3% de los desempleados.
Además, la ministra de Empleo ha anunciado que el Gobierno regulará el teletrabajo por primera vez. De este modo, se garantizará el derecho a una retribución equivalente a los que trabajan de forma presencial en el centro de trabajo y a ser informados de las vacantes en puestos presenciales existentes.
10. Lucha contra el fraude y absentismo
El
gobierno impulsará que los desempleados que estén cobrando la prestación
realicen servicios de interés general en beneficio de la comunidad a
través de convenios de colaboración con las Administraciones Públicas.
Respecto al absentismo, el nuevo marco eliminará la vinculación del
grado de absentismo del trabajador y la plantilla para justificar el
absentismo como causa de despido. A partir de ahora sólo se tendrá en
cuenta el absentismo del trabajador.
Además, incluye mejorar la eficacia de la evaluación de la
incapacidad temporal a través de las mutuas de accidentes de trabajo.
Báñez anunció que próximamente se presentará una Ley de Mutuas.
Tramitación como proyecto de Ley
La nueva
reforma laboral se tramitará como proyecto de Ley para, según ha
manifestado Sáenz de Santamaria, lograr "el máximo consenso posible" en
el Parlamento. De este modo, tras la aprobación del texto en el Consejo,
la reforma será remitida al Congreso para su convalidación y, a
continuación, se deberá votar su tramitación como proyecto de Ley,
trámite durante el que las formaciones políticas podrían introducir
enmiendas.
La vicepresidenta ha asegurado que el Gobierno ha optado por este
procedimiento para "estudiar las aportaciones y enmiendas" que puedan
realizar los partidos políticos al texto e incorporar "las que puedan
enriquecer".
¿COMO LE AFECTARÁ LA REFORMA LABORAL?
¿Cuál será mi indemnización si me despiden?
Para el caso de contratos realizados a partir de la aprobación de la
reforma laboral, si se trata de un despido improcedente la indemnización
será de 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades.
Si el despido es procedente, será 20 días con un máximo de 12
mensualidades.
Si usted está contratado desde antes, los años transcurridos entre su
contratación y la aprobación de la ley se rigen por la normativa
antigua, mientras que el resto del tiempo por la nueva.
Sin embargo, más allá de los días de indemnizacion hay otros cambios
pues al aclararse las causas que permiten despedir con 20 días de
indemnización, será más fácil utilizar el despido objetivo que se
justifica en razones económicas, técnicas, organizativas y de
producción.
El objetivo es que se tienda a que el despido justificado cueste 20 días
(con un tope de una anualidad de salario) y no a que el empresario siga
utilizando el exprés (45 días de indemnización por un tope de 42
mensualidades).
¿Qué ocurre con los salarios de tramitación?
En el caso de que el empresario opte por la indemnización desaparecen
los salarios de tramitación (el que deja de percibir el trabajador desde
la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia), pero si se
decanta por la readmisión deberá pagarlos.
¿Afecta la nueva reforma laboral a los ERE?
La eliminación de la autorización administrativa en los Expedientes de
Regulación de Empleo (ERE) también conllevará un despido más barato, al
evitarse la negociación con los sindicatos en la que se podía llegar a
obtener indemnizaciones de hasta 90 días, según Empleo.
La autorización administrativa se suspende en los ERE extintivos (se
acaba la relación laboral) y lo que se establece ahora es la
obligatoriedad por parte del empresario de comunicárselo a la autoridad
laboral, al tiempo que abre un período de consultas con los
representantes de los trabajadores.
Si no hay acuerdo la decisión la tomará el empresario y a los afectados la vía que les quedará será la judicial.
Para las grandes empresas que presenten ERE para 100 personas o más
deberán contratar con una empresas externa un plan de recolocación cuya
vigencia no sea inferior a 6 meses.
¿Varía el número de contratos existentes?
Se mantienen los vigentes (dos indefinidos, tres temporales y dos
vinculados a la jubilación) y como novedad habrá una simplificación de
las bonificaciones asociadas a ellos y que llevan a error, porque los
empresarios creen que en España hay más cincuenta modalidades.
Se crea un nuevo contrato indefinido que podrán utilizar las pymes con
menos de 50 trabajadores. Gozará de una deducción de 3.000 euros por la
contratación de un primer empleado menor de 30 años.
El desempleado podrá compatibilizar el sueldo de ese nuevo contrato con
el 25 % de la prestación que recibe, durante un máximo de un año.
¿Cuánto tiempo me pueden tener con contratos temporales?
A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
¿Cómo afecta la reforma a la formación laboral?
Respecto a las partidas para formación profesional, que ahora se
reparten empresarios y sindicatos, Empleo permite en su reforma que
otras empresas la impartan según criterios de transparencia y
competencia.
Además, todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación
anuales pagadas por la empresa y vinculadas al puesto de trabajo.
Asimismo, se crea una cuenta que recopilará toda la formación recibida
por el trabajador durante su vida activa.
¿Cómo beneficia la contratación de jóvenes la nueva ley?
Se impulsa el contrato para la formación y el aprendizaje. El desarrollo
de esta modalidad de contrato tiene por objeto reducir el elevado
desempleo juvenil y mitigar los efectos del abandono temprano de los
estudios. Así, se amplía la edad máxima para tener acceso a este tipo de
contrato hasta los 30 años, mientras el desempleo no baje del 15%.
Además, se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros.
¿Puede cambiar la empresa las condiciones de mi contrato?
Por ejemplo, dentro de un determinado grupo profesional, un trabajador
podrá desempeñar diferentes funciones y puestos en una misma empresa.
Para ello, se dan más facilidades a la empresa para la modificación de
condiciones de trabajo en cuanto a movilidad geográfica, jornada de
trabajo, horario... con el objetivo de evitar despidos. Se elimina la
autorización administrativa necesaria para llevar a cabo la medida.
¿Qué cambios se introducen para las administraciones y el personal laboral?
A partir de ahora, las administraciones, organismos y entidades que
forman parte del sector público podrán invocar causas económicas,
técnicas, organizativas y de producción para despedir. Es decir, hacer
despidos por causas objetivas similares a las que funcionan en las
empresas privadas. No podrán despedir a funcionarios, pero sí al personal laboral indefinido aún cuando hayan accedido a su puesto mediante oposiciones. El Gobierno justifica
esta medida en la necesidad de facilitar "el redimensionamiento" de las
administraciones que crecieron "desmesuradamente" durante la crisis.
Los sindicatos convocan una manifestación el próximo 19 de febrero
Han anunciado un calendario de movilizaciones "ascendente" en protesta por la reforma laboral aprobada este viernes en el Consejo de Ministros.
“Vamos a convertir la calle en un
clamor contra la reforma laboral”, han declarado los líderes sindicales
de nuestro país en una rueda de prensa este sábado. Ambos han estado de
acuerdo en que el conjunto de medidas supone un menoscabo en los
derechos de los trabajadores. Según Cándido Méndez, el texto aprobado por el Ejecutivo "no va a propiciar el crecimiento porque va a ahondar en la recesión y no va a crear empleo". “La impresión es que España es un país intervenido por la UE”, apostilla el Secretario General de UGT.
Toxo y Méndez no han querido concretar acerca de la huelga general que
el Presidente del Gobierno “se temía”. “Todo depende de las enmiendas al
texto que se hagan durante el trámite parlamentario, y de la
indignación de los trabajadores”, aseguran.
Desde UGT Andalucía señalan en el calendario la fecha del 25 de marzo
por la convocatoria de elecciones en la Comunidad Autónoma andaluza.
Durante la andanza parlamentaria de esta reforma “se van a producir
enmiendas” que podrían aprobarse una vez pasados los comicios en nuestra
comunidad. Además, el sindicato andaluz se ha sumado a las
manifestaciones impulsadas por las Confederación Europea de Sindicatos
contra las políticas de reducción del déficit de los países de la unión el día 29 de este mes de febrero.
Hacia el modelo de Admón del PP, despido de personal laboral aunque lo sean por oposición, (no dejarán en paz mucho tiempo a los funcionarios) privatización generalizada de los servicios, (el negocio es el negocio) y copago, en realidad tripago, porque ya los pagamos a través de los impuestos, (y el que no tenga dinero que no se opere). La situación pues es simple, o nos defendemos o tragamos. 19 y 29 de febrero MANIFESTACIÓN contra las reformas. Tu decides.
El miedo a moverte, a defender tu empleo, tus derechos, tu dignidad, no va a evitar que te afecte la R. Laboral del PP. La sumisión no va a evitar que esta salga adelante. Combatirla en la empresa y en la calle es nuestra única fuerza. Tu decides. 19 y 29 de febrero MANIFESTACIÓN, nadie ocupará tu lugar si tu no estás.
La Reforma laboral abre la puerta a los despidos masivos de personal laboral de las administraciones públicas y los organismos o entidades dependientes de la misma, ( aun cuando lo sean por oposición) por causas económicas, técnicas u organizativas, al igual que en la empresa privada, como despido procedente, con 20 días de indemnización por año y un máximo de 12 mensualidades.
¿Que administración no ha tenido menos ingresos en los últimos nueve meses?
¿Que admon u organismo dependiente no tendrá menos ingresos en los próximos nueve meses con el objetivo de déficit cero?
La Reforma laboral rompe el modelo de admón de este país. ¿ Cuanto tardaran en cambiar la ley para poder despedir a los funcionarios?, ¿ Se puede aceptar un modelo de admón clientelar y privatizada?.
Pelea por tu empleo, tus derechos, por tu dignidad, por tu independencia como empleado público, por una admón para todos los ciudadanos.
19 DE FEBRERO, MANIFESTACIóN en todas las capitales de provincia.
Y si faltaba algo para rematar la faena, se inventan lo del año de prueba. ¡Nada menos que un año de prueba! Es decir, la posibilidad de despedir después de un año de trabajo sin indemnización y sin explicaciones. El mejor chollo de los posibles para las empresas que necesitan mano de obra no cualificada.
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ResponderEliminarEl miedo a moverte, a defender tu empleo, tus derechos, tu dignidad, no va a evitar que te afecte la R. Laboral del PP. La sumisión no va a evitar que esta salga adelante. Combatirla en la empresa y en la calle es nuestra única fuerza. Tu decides.
ResponderEliminar19 y 29 de febrero MANIFESTACIÓN, nadie ocupará tu lugar si tu no estás.
La Reforma laboral abre la puerta a los despidos masivos de personal laboral de las administraciones públicas y los organismos o entidades dependientes de la misma, ( aun cuando lo sean por oposición) por causas económicas, técnicas u organizativas, al igual que en la empresa privada, como despido procedente, con 20 días de indemnización por año y un máximo de 12 mensualidades.
ResponderEliminar¿Que administración no ha tenido menos ingresos en los últimos nueve meses?
¿Que admon u organismo dependiente no tendrá menos ingresos en los próximos nueve meses con el objetivo de déficit cero?
La Reforma laboral rompe el modelo de admón de este país. ¿ Cuanto tardaran en cambiar la ley para poder despedir a los funcionarios?, ¿ Se puede aceptar un modelo de admón clientelar y privatizada?.
Pelea por tu empleo, tus derechos, por tu dignidad, por tu independencia como empleado público, por una admón para todos los ciudadanos.
19 DE FEBRERO, MANIFESTACIóN en todas las capitales de provincia.
Seimpre pagamos los mismos......
ResponderEliminarY si faltaba algo para rematar la faena, se inventan lo del año de prueba. ¡Nada menos que un año de prueba! Es decir, la posibilidad de despedir después de un año de trabajo sin indemnización y sin explicaciones. El mejor chollo de los posibles para las empresas que necesitan mano de obra no cualificada.
ResponderEliminarEstas son las famosas medidas para generar empleo.
ResponderEliminarCrear 2 millones mas de parados.
Bravo.
Al final todos son unos sinvergüenzas. Toca hundir a los trabajadores.
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