Romero señala que el rechazo del ERE por la Junta es “una mala noticia para los trabajadores”
Romero ha convocado un pleno extraordinario para este viernes, a las 12:30 horas en el que se planteará de nuevo la cuestión de confianza y la aprobación de los presupuestos 2012 vinculada a ésta. Este punto lleva implícito la aprobación de los presupuestos y la plantilla de personal, de forma que de aprobarse se contempla la amortización de los 178 puestos de trabajo que el equipo de gobierno andalucista pretende desvincular del Ayuntamiento.
El alcalde ha recordado que “la moción de confianza, si no saliera adelante, los partidos de la oposición, es decir PP, PSOE y PIBA tienen un plazo de 30 días para presentar una moción de censura. Si la moción fuese aprobada conlleva la elección de un nuevo alcalde, si no automáticamente los presupuestos y plantilla municipal quedan aprobados y con ellos la amortización de plazas de los 178 trabajadores”, apuntó.
Manda huevos. Hay que ser sinverguenza para hacer declaraciones del tipo "peor para los trabajadores". Después dice tener corazón.
ResponderEliminarEs un provocador practicante del acoso continuo a la clase obrera. Ojala de aquí a un mes tengamos nuevo alcalde.
ResponderEliminarDavid ¡¡¡¡¡ ALCALDE !!!!!
ResponderEliminarLo mejor para los Barrios
"tanto va el cantaro al agua hasta que se rompe".
ResponderEliminarMOCIÓN DE CENSURA "YA"
Un juez alega que las empresas públicas no pueden despedir por razones económicas
ResponderEliminarEl magistrado revoca el despido de 19 trabajadores del Incasól por parte de la Generalitat catalana.
Un juzgado social de Barcelona alega en una sentencia que la Generalitat no puede despedir a empleados de sus empresas por motivos económicos porque las empresas públicas no persiguen el mismo fin de obtener beneficios que las privadas, motivo por el que revoca el despido de 19 trabajadores del Incasól.
La sentencia, dictada por el Juzgado Social número 12 de Barcelona, declara nulos los despidos de los 19 trabajadores del Institut Catalá del Sól (Incasól) y obliga a la administración catalana a readmitirles y pagarles los sueldos que han dejado de cobrar. El magistrado argumenta en la sentencia que los despidos del Incasól han implicado una extinción de contratos de trabajo de los que no se han ofrecido información justificativa a los representantes laborales.