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miércoles, 23 de octubre de 2013

No cejaremos en el empeño de recuperar " La Extra de Navidad de 2012 "



El RDL 20/2012, que entró en vigor el 15-7-2012, llevó a cabo una polémica y discutida medida dirigida a la contención del déficit: suprimir la paga extraordinarias de diciembre de 2012, así como la Paga Adicional de complemento específico o Pagas Adicionales equivalentes, de la mayoría de los empleados públicos.
La respuesta de los afectados no se ha hecho esperar. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en reciente Sentencia, ha reconocido el derecho del Personal Laboral de una Agencia de la Comunidad Autónoma a percibir la parte proporcional de las pagas de septiembre, en su caso, y diciembre de 2012, correspondiente a los catorce días devengados con anterioridad a la entrada en vigor del RDL 20/2012. Para ello, se alega el criterio del Tribunal Supremo que considera que las pagas extras constituyen una manifestación del llamado salario diferido, por lo que se devengan día a día, aunque su vencimiento tenga lugar en determinados meses del año. De hecho, su importe debe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador y no constituye meras expectativas (TS 10-3-11, Rec 1950/10, EDJ 51525). Concluye, sin más, que los trabajadores tienen derecho a su percepción, ya que la norma no puede tener efecto retroactivo (TSJ Madrid 14-12-12, Proc 69/12, EDJ 313728).
El Juzgado de lo Social de Palencia ha dictado una sentencia a favor de un funcionario del Ayuntamiento de la Capital Palentina para que se le devuelva la parte devengada. Se trata del tercer dictamen favorable a Personal Funcionario que se dicta en la provincia palentina.
Otras sentencias como las de los Juzgados Contencioso Administrativo de Almería (referente a Personal Estatutario), Alicante, o la más reciente y que por cercanía hemos de mencionar es la que obliga al Ayuntamiento de Ceuta a abonar a los funcionarios la parte proporcional de la mencionada paga extra, tras ser el Juzgado nº 1 de lo Contencioso el que ha dado la razón al letrado de la UGT, Francisco Sánchez Mena.

Cabría plantearse, si la voluntad del Equipo de Gobierno fuese la de abonar la paga extraordinaria, y así se plasmara en acuerdo adoptado por órgano competente, si el mismo fuese ilegal a la vista de lo preceptuado en el mencionado El RDL 20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. 

Desde nuestra Sección Sindical entendemos que el acuerdo que se adoptase en tal sentido sería legal a todas luces, y asimismo lo ha entendido el Juzgado nº 1 de lo Contencioso Administrativo de Zaragoza, que ha desestimado el recurso interpuesto por la Administración General del Estado contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calatorao, de 20 de octubre de 2012, por el que se autorizaba el abono de la paga extraordinaria de diciembre prorrateada a 44 días, desde el 1 de junio hasta el 14 de julio de 2012.

No debemos olvidar lo sucedido en algunos Ayuntamientos donde se han conseguido reclamaciones sin necesidad de llegar a los Juzgados como en el caso de Villafranca de los Barros, Don Benito o Villanueva de la Serena.

Como era de esperar, estos no han sido los únicos procesos y es probable que vayamos conociendo muchos más durante el tiempo que queda hasta que prescriba la posibilidad de reclamar esta deuda, y ello motivado fundamentalmente de que se ha vulnerado el principio de irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales (Const art.9.3). 

En cuanto a si corresponde el pago íntegro de la Extraordinaria, comentaros que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite diversas cuestiones de inconstitucionalidad contra la retirada de la paga, lo que abre una puerta a la esperanza para recuperarla íntegramente

De todo lo anterior y a modo de conclusión se desprende que el devengo de las pagas extraordinarias resulta semestral, formando las mismas parte de la masa salarial anual total del empleado público y que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio,  ya habríamos devengado un sexto y medio de la paga extraordinaria de navidad, correspondiente a la parte proporcional de la misma devengada desde el 01/06/2012 al 15/07/2012, que no puede ser detraída, so pena de incurrir en una conducta confiscatoria de una retribución ya devengada por unos servicios efectivamente prestados.


TEXTO SENTENCIAS 
(Pincha en los enlaces para ver o descargar)







ACCIONES REALIZADAS DESDE LA SECCIÓN SINDICAL  DE UGT 
(Pincha en los enlaces para ver o descargar)


A la vista de todo lo anterior, desde la Sección Sindical de UGT vamos a volver a reiterarnos en nuestras peticiones, solicitando asimismo que por la Secretaría General se emita informe sobre si el reconocimiento del abono de la parte proporcional de la Paga Extra de Navidad de 2012 por parte del Equipo de Gobierno se ajustaría a la legalidad a la vista de los diversos pronunciamientos judiciales.

DESDE UGT 

ENTENDEMOS QUE YA

NO HAY EXCUSAS

19 comentarios:

  1. Un Policía de Azul10/26/2013

    El 13 de Noviembre es SAN LEANDRO.
    La sección algecireña de la Audiencia Provincial Le adelanta un regalito: ha aumentado la condena contra Leandro Castelló dictada en primera instancia por dos faltas de injurias.

    http://www.europasur.es/article/algeciras/1632074/la/audiencia/duplica/la/indemnizacion/castello/abonara/rull/y/beneroso.html

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    1. Calle Ancha10/26/2013

      La audiencia provincial ha respondido a sus payasadas, payasadas que son de muy buen agrado del actual equipo de gobierno.

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    2. Anónimo10/26/2013

      jeje. el que no mentia, no calumniaba, no injuriaba. La justicia tarde pero llega y llegará

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  2. Anónimo10/26/2013

    Gracias a la UGT seguimos recuperando algo de todo cuanto nos ha quitado, primero la izquierda y ahora los que venían a arreglar el país. Espero que la extra se recupere, ES DE JUSTICIA.

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  3. tu ex de SS10/26/2013

    Felicidades Leandro por el fallo

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  4. Anónimo10/26/2013

    Hola!!!!!
    Jajajajajajajajajjajj....
    jajajajajjajajaja.....
    jajajajjajaja
    jajajjajjjajjajjajjajajjajjajajjajaj...
    jajjaajjjajajja
    Esa sí que es un pedazo de sentencia.

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  5. Anónimo10/26/2013

    Entiendo que ahora se las den todas juntas. Hizo daño a cambio de nada. Fue muy mala persona.

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  6. Anónimo10/26/2013

    Que hubiera tenido mas cuidado con esa lengua y esa pluma. Ahora a fastidiarse.

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  7. Anónimo10/26/2013

    Me congratulo en desearte todo lo peor.

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  8. el loco pepe10/26/2013

    Cuenta la hiistoria que un dia paso
    un cirko distinto en el pueblo akel
    habia un payaso , k haciia reir a niños
    y grandes solia divertir
    kuenta la historia el payaso murio
    la lagrima kiieta en su sastre pinto
    x akiiel presagiio
    de llanto y dolor

    cuenta la historia el payaso murio
    x eso akel pueblo en sombras kedo
    la luz de mil sonrisas kon el se marcho
    kon llantos de niños la lluvia kaiio
    la gente del cirkoo muii triste kedoo
    ii todo el cielo de gris se kubriio

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  9. Anónimo10/26/2013

    Este muchacho se va a tirar mas tiempo en los juzgados que en la redaccion de su panfleto digital.

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  10. ¿como estan ustedes?

    Mal,muy mal...

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  11. Anónimo10/26/2013

    La cosa se le va a poner peor, por no decir las verdades y calumniar a un monton de personas inocentes.

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  12. Anónimo10/26/2013

    Estas cosas suelen pasar cuando se falta intencionadamente a la verdad.

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  13. Anónimo10/26/2013

    Al final el limón se amargó

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  14. Antonino Pio10/26/2013

    La clave está en Rebecca.
    Vamos a reconducir el .......

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  15. Anónimo10/26/2013

    A mi particularmente me gustaría que entrara en la cárcel por acumulación de condenas y antecedentes.

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  16. Anónimo10/26/2013

    Injuriador

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  17. Anónimo10/29/2013

    A todo cerdo le llega su san martin, y esta vez, aliñao con limon amargao.

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